Telecontratación
Contrato:
Contrato es un
término con origen en el vocablo latino contractus
que nombra al convenio
o pacto,
ya sea oral o escrito, entre partes que aceptan ciertas obligaciones y derechos sobre una
materia determinada. El documento
que refleja las condiciones
de este acuerdo también recibe el nombre de contrato. A la hora de determinar
el contenido de cualquier tipo de contrato, tendríamos que dejar patente que en
él tienen que aparecer, de manera obligatoria, tres elementos fundamentales:
los datos relativos a los sujetos que lo suscriben, los pilares de la
prestación y contraprestación que se establece, y la forma en la que se da el
visto bueno a aquel por parte de las dos partes implicadas.
Telecontratación:
Trata de aquellos contratos que se perfeccionan
mediante un intercambio electrónico de datos de ordenador a ordenador.
Frente a esta noción, existe una amplia, que incluye dentro de la categoría a
todos aquellos contratos celebrados por medios electrónicos (aunque no sean
ordenadores, como el fax, telex y teléfonos).
II. DESARROLLO
1. ¿Cuáles son los elementos
básicos de un contrato?
El contrato está estructurado de diversas
formas:
- Capacidad: Ésta se subdivide
en capacidad de goce, que es la capacidad jurídica para ser titular de derechos
subjetivos; y capacidad de ejercicio, cualidad jurídica para poder ejercer
derechos y asumir obligaciones sin representación de terceros
- Consentimiento: Se manifiesta
por la concurrencia de la propuesta y de la aceptación sobre la cosa y la causa
que han de componer el contrato. No obstante, se anulará el consentimiento
producido por equivocación, violencia, intimidación o fraude.
- Objeto: Es la presentación
que las partes acuerdan en rendirse bajo el marco del acuerdo.
- Causa: En ciertos contratos, como los de
compraventa, la causa es la promesa, por cada lado contratante, de una cosa por
la otra parte.
- Forma: Es cuando se exige una
determinada forma de celebrar el contrato.
- Elementos naturales: Son los
que se infiere en el contrato, aunque las partes involucradas pueden prescindir
de los mismos sin invadir el contrato.
- Elementos accidentales: Se
establecen por disposiciones especiales, y no deben contrariar a la ley, la
moral, la solidaridad, etc.
2. ¿A qué se denomina contrato informático?
Constituyen la unión de contratos, como la compra venta, alquiler , llave en mano, licencia de uso, entre otros, en donde para transferir los bienes informáticos se unen más de un contrato. Al exponer que los contratos informáticos como tales, con una tipicidad única y propia no existen y que han de encuadrase dentro de la teoría general de los contratos.
Entre las características propias de este tipo de contratos están la de ser innominados. La particularidad de los mismos, se da en:
a) La especialidad de sus aspectos técnicos,
b) La imprecisión del vocabulario técnico-jurídico y,
c) La estructura de los contratos.
De igual forma, no es fácil determinar los objetivos de los contratos informáticos al enfrentar la siguiente complejidad:
1) Establecer claramente la responsabilidad de cada una de las partes en la implementación del proceso.
2) Construir descripciones legales y técnicas claras que permitan a las partes entender los términos de la relación.
3) Crear medidas cuantitativas de rendimiento factible.
4) Imponer normas que contemplen posibles contingencias y su solución.
5) Acordar medios o recursos a los que se apelará en caso de que el sistema fracase.
Constituyen la unión de contratos, como la compra venta, alquiler , llave en mano, licencia de uso, entre otros, en donde para transferir los bienes informáticos se unen más de un contrato. Al exponer que los contratos informáticos como tales, con una tipicidad única y propia no existen y que han de encuadrase dentro de la teoría general de los contratos.
Entre las características propias de este tipo de contratos están la de ser innominados. La particularidad de los mismos, se da en:
a) La especialidad de sus aspectos técnicos,
b) La imprecisión del vocabulario técnico-jurídico y,
c) La estructura de los contratos.
De igual forma, no es fácil determinar los objetivos de los contratos informáticos al enfrentar la siguiente complejidad:
1) Establecer claramente la responsabilidad de cada una de las partes en la implementación del proceso.
2) Construir descripciones legales y técnicas claras que permitan a las partes entender los términos de la relación.
3) Crear medidas cuantitativas de rendimiento factible.
4) Imponer normas que contemplen posibles contingencias y su solución.
5) Acordar medios o recursos a los que se apelará en caso de que el sistema fracase.
3. ¿En qué se diferencia un
Contrato Informático de un contrato electrónico?
CONTRATO INFORMÁTICO
|
CONTRATO ELECTRÓNICO
|
Todo contrato que tenga como objeto un bien o un servicio informático
|
Es el contrato
que se haya realizado mediante un medio electrónico.
|
Se refieren al fondo de la contratación.
|
Se refieren a
la forma de contratación
|
Se refieren a bienes o servicios informáticos.
|
No están
limitados por su objeto, sino por el medio que se empresa para realizar dicho
contrato.
|
4. ¿Cómo se contrata
telemáticamente?
Existen dos maneras para poder ejercer la
contratación telemática:
- A través de correo electrónico:
Los involucrados deben mostrar el consentimiento mediante la escritura o el
lenguaje tradicional, pero certificando su validez a través de su voluntad.
- A través de expresiones: A
través del llenado de algún formulario en la página web de la empresa.
Para
que estos contratos sean efectivos se debe considerar:
- Consentimiento: Se debe
ejercer la relación entre la oferta y la aceptación por voluntad de ambas
partes del contrato.
- Prueba: Se debe tener una
prueba de la realización de un contrato electrónica y la de las obligaciones
que estará sujeto el trabajador.
- Lugar de ocurrencia del
contrato: Este lugar resulta de gran importancia ante algún litigio futuro.
- Perfeccionamiento: Ocurre
cuando se empiezan a producir efectos y hace exigibles las obligaciones entre
las partes contratantes.
5. ¿Cómo opera y cuál es la
utilidad de la firma electrónica?
La firma electrónica es el conjunto de datos, en
forma electrónica, consignados junto a otros o asociados con ellos que pueden
ser utilizados como medio de identificación
del firmante. Es una cadena de caracteres, generada mediante un algoritmo
matemático que permite asegurar la identidad del firmante y la integridad del
mensaje. Existen 3 tipos de firmas:
·
La
firma electrónica general, que equivaldría a una firma manuscrita digitalizada:
La firma electrónica es el conjunto de datos en forma electrónica, consignados
junto a otros o asociados con ellos, que pueden ser utilizados como medio de
identificación del firmante.
·
La
firma electrónica avanzada: Es la firma electrónica que permite identificar al
firmante y detectar cualquier cambio ulterior de los datos firmados, que está
vinculada al firmante de manera única y a los datos a que se refiere y que ha
sido creada por medios que el firmante puede mantener bajo su exclusivo control.
·
La
firma electrónica reconocida: Se considera firma electrónica reconocida la
firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido y generada
mediante un dispositivo seguro de creación de firma. La firma electrónica
reconocida tendrá respecto de los datos consignados en forma electrónica el
mismo valor que la firma manuscrita.
El
funcionamiento de la firma electrónica está basado en una clave pública y una
clave privada:
Cada
parte tiene un par de claves, una se usa para cifrar y la otra para descifrar.
Cada
parte mantiene en secreto una de las claves (clave privada) y pone a
disposición del público la otra (clave pública). El emisor obtiene un resumen
del mensaje a firmar con una función llamada “hash” (resumen).
El
resumen es una operación que se realiza sobre un conjunto de datos, de forma
que el resultado obtenido es otro conjunto de datos de tamaño fijo,
independientemente del tamaño original, y que tiene la propiedad de estar
asociado unívocamente a los datos iniciales, es decir, es imposible encontrar
dos mensajes distintos que generen el mismo resultado al aplicar la función
“hash”.
El
emisor cifra el resumen del mensaje con la clave privada. Ésta es la firma
electrónica que se añade al mensaje original.
El receptor, al recibir el mensaje, obtiene de nuevo su resumen mediante la función “hash”. Además, descifra la firma utilizando la clave pública del emisor obteniendo el resumen que el emisor calculó. Si ambos coinciden la firma es válida por lo que cumple los criterios ya vistos de autenticidad e integridad además del de no repudio ya que el emisor no puede negar haber enviado el mensaje que lleva su firma.
El receptor, al recibir el mensaje, obtiene de nuevo su resumen mediante la función “hash”. Además, descifra la firma utilizando la clave pública del emisor obteniendo el resumen que el emisor calculó. Si ambos coinciden la firma es válida por lo que cumple los criterios ya vistos de autenticidad e integridad además del de no repudio ya que el emisor no puede negar haber enviado el mensaje que lleva su firma.
6. Cite algunas entidades
certificadoras de firma electrónica en el Perú
El Registro Oficial de Prestadores de Servicios
de Certificación Digital (ROPS) es la entidad que contiene los nombres y
certificados digitales raíces de las Entidades Prestadoras de Servicios de
Certificación Digital (PSCs). Se tiene como referencia a la Norma Técnica ETSI
TS 102.231 “Electronic Signatures and Infrastructures (ESI); Provesion of
harmonized Trust-service status information”. La inscripción que se le otorga a
una PSC en la ROPS significa que está acreditada por INDECOPI, según el
reglamento de la Ley de Firmas y Certificados Digitales, aprobado por el
Decreto Supremo 052-2008-PCM. La lista es firmada digitalmente por INDECOPI. La ROPS provee información
especialmente significativa para las transacciones internacionales e
inter-dominios de una manera inteligible y a la vez procesable por el software
del usuario, a efectos de permitir una verificación automática de la
información sobre el estado del certificado.
Entidades debidamente
acreditadas:
EMPRESA
|
SERVICIO O PRODUCTO ACREDITADO
|
Acist Perú S.A.C.
|
Software de firma digital
|
ANF AC Entidad
de Certificación Perú S.A.C.
|
- Entidad de certificación
- Entidad de registro
- Prestador de servicio añadido
|
Bit 4ID Ibérica S.L.
|
Software de Firma Digital
|
Camerfirma
Perú S.A.C.
|
Entidad de
Certificación
|
Celsat
(Perú)
|
Software de
Firma Digital
|
Colegio de
Notarios de Lima(CNL)
|
-Software de
Firma Digital
- Entidad de
Certificación Raíz y Entidad de Certificación
-Entidad de Registro
|
Contraloria
General de la República(CGR)
|
- Software de
Firma Digital
|
Imaging Perú S.A.C.
|
Prestador de
servicio de valor añadido
|
Indenova S.L.
|
- Software de
Firma Digital
- Prestador de
servicio de Valor Añadido
|
Innova Digital Solutions S.A.C.
|
- Software de Firma Digital
|
Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual(INDECOPI)
|
- Software de
Firma Digital
|
Inversiones
Rio Chico S.A.C
|
- Software de
Firma Digital
|
Iofe
S.A.C.
|
- Entidad de
Registro
- Prestador de
servicio de valor añadido
|
Gestión de
Soluciones Digitales S.A.C.
|
- Software de
Firma Digital
- Prestado de
Servicio
|
Gramd
Peruana S.A.C
|
- Software de
Firma Digital
|
Microsoft Perú S.A.C.
|
- Software de Firma Digital
- Prestador de
Servicio de Valor Añadido
|
Oficina
Nacional de Procesos Electorales (ONPE)
|
- Software de
Firma Digital
|
Perú Media
Server S.A.C.
|
- Software de
Firma Digital
|
Perú
Secure e Net S.A.C.
|
- Software de
Firma Digital
|
Poder
Judicial del Perú
|
- Software de
Firma Digital
|
Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil(RENIEC)
|
-
Entidad certificadora Raíz
-Entidad
Certificadora Intermedia
- Software de
Firma Digital
|
Royal Systems S.A.C.
|
-Software de Firma Digital
|
Soluciones
Aplicadas en Tecnología Avanzada S.A.C.
|
-Software de
Firma Digital
|
Superintendencia
de Banca, Seguros y AFP (SBS).
|
-Software de
Firma Digital
|
Superintendencia
del Mercado de Valores
|
-Software de
Firma Digital
|
Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
|
-Software de Firma
Digital
|
Soft & Net S.A.C.
|
-Software de
Firma Digital
-Prestador de
Servicio de Valor Añadido
- Entidad de
Registro o Verificación
|
Salmón Corp S.A.C.
|
- Entidad de
Registro
- Prestador de
Servicio de Valor añadido
|

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